Por Amal desde Chile
4) Las causas relativas al derecho de alimentos.
Cuando me dijeron que iba a ser pasante en Be Bloggera, sentí un mar de ideas fluir en mi mente. Soy estudiante de derecho con una fuerte vocación social y pedagógica; siempre me ha gustado simplificar el derecho para que todas las personas puedan ejercer los suyos por sí solas.
Me puse a pensar qué temas podía presentar, como podía informar, asesorar o simplemente entregar conocimientos en esta comunidad. Es por eso que decidí que mi primera entrada se relacionara con el Derecho de Familia.
¿Por qué escogí este tema? Principalmente porque hoy en día los cuentos de la princesa y el príncipe, con el clásico final "y fueron felices para siempre", no siempre son así. Cada vez son más las parejas que se divorcian o se separan, quienes quedan entre ambos en muchos casos son los hijos.
En la mayoría de las veces, es la mujer quien asume el cuidado de sus hijos, tomando en cuenta de que siempre hay excepciones a la regla. Frente a esta situación de ruptura pueden originarse diversas situaciones, que ambos padres acuerden compensar los gastos económicos de los hijos (lo general suele ser la alimentación, el vestuario y la educación). Como a su vez, puede ocurrir que el padre o la madre, no deseen cooperar económicamente con los hijos.
Si eres una mujer que ha tenido hijos, ya sea con tu marido o con tu pareja, (ya que para efectos legales los hijos nacidos dentro y fuera del matrimonio tienen los mismos derechos), tienes derecho a que el padre de estos te ayude económicamente a mantenerlos. Como a la inversa, si eres padre y no tienes los medios económicos para criar a tus hijos (ya sea porque estás cesante o bien no alcanzas a cubrir todos los gastos, también tienes derecho a que la madre de tus hijos te ayude con ellos).
Si estás pasando por una situación así, tienes que saber que la ley en Chile te protege ya que puedes asesorarte con un abogado, o con la Corporación de Asistencia Judicial si no tienes los medios económicos para solventar uno. Ya que su función principal es entregar servicios de asistencia jurídica gratuita.
Tienes que saber que en Chile, la Ley 19.968 publicada el 30 de agosto de 2004 creó Los Tribunales de Familia. En el artículo 8 número 4, de esta ley consagra los juicios relacionados al tema anteriormente expuesto:
Artículo 8°.- Competencia de los juzgados de familia. Corresponderá a los juzgados de familia conocer y resolver las siguientes materias:
4) Las causas relativas al derecho de alimentos.
Tus hijos están protegidos por la ley, tienes el derecho a exigir que el padre o madre te ayude a solventar sus necesidades económicas. No sientas vergüenza, no creas que vas a “mendigar” dinero; estás en tu derecho y que nadie piense lo contrario.
Espero que con este breve artículo pueda informar, ayudar y si tienes dudas siéntete libre de contactarte conmigo. Si prefieres hacerlo en privado, no dudes en visitar la página oficial de la Corporación de Asistencia Judicial. www.cajmetro.cl
Para finalizar, quienes lean esta nota y deseen que trate algún tema en especial (violencia intrafamiliar, acoso laboral, divorcios), déjenme sus comentarios. Un abrazo muy grande.
Qué buen aporte Amal, con esto ayudará a muchas personas!!!
ResponderEliminarGracias Rocio! Esa es la idea :)
EliminarNo olvides proponer un tema si te interesa.
No sé si es tu tema, pero me encantaría que nos enseñaras sobre derechos laborales. Creo que es un temazo hoy en día y podríamos aprender hombres y mujeres. :)
EliminarA mi me gusta el derecho penal, creo que me especializaré en eso cuando ejerza. Pero como dice un amigo, "hay que ser maestro chasquilla y aprender de todo mientras se estudia".
EliminarAhora con el tema del derecho laboral, no sé que te interesaría en especial...que es un contrato de trabajo, los derechos y obligaciones del trabajador y empleador, el acoso laboral...
UY! TODO!!! jajajajjaa.
EliminarLa verdad es que podríamos partir por el acoso laboral y todas sus aristas... Sexual y otros.
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
ResponderEliminarWow!!!! que gran tema! yo no estoy en este caso pero claramente es bueno informarse de esto!!
ResponderEliminaropino lo mismo que Rocío, con esto ayudaras a muchas mujeres!!
Es una realidad Ajonjoli sobre la cuál en muchos casos no se sabe que hacer, la pena de una separación y con hijos hace las cosas mas difíciles.
EliminarMuy buena entrada!
ResponderEliminarEs tan terrible ver como los padres se pelotean a los pobres cabros, cuando se separan, de verdad, algunos quedan en tierra de nadie. Es lamentable.(No digo que siempre sea así, en todo caso!)
Me gustaría saber qué pasa en los casos, en los que ni el padre ni la madre, frente a una separación,se hacen cargo de los hijos, y estos quedan al cuidado de familiares (abuelas o tíos).
P0ps, tienes mucha razón en que hay padres que lamentablemente usan a sus hijos como formas de chantajear al otro padre; lo que se traduce en términos económicos..."si no me das mas dinero, no te los paso el fin de semana". Es todo un tema...aunque no siempre sea así.
EliminarMira sinceramente no te podría una respuesta específica, porque siempre depende del "caso a caso".
Primero hay que ver si los padres cuentan con medios económicos, suele suceder que algunos padres "disfrazan" su situación económica. El caso mas común es que trabajen sin contrato de trabajo ni imposiciones, de manera que no hay como "probar" en juicio que está generando ingresos.
De los casos que he conocido, cuando abuelos o tíos asumen el cuidado de los hijos en un 100%; asumen ellos el costo de crianza casi por un tema de amor y salud mental. (¿A quién le gusta ir a un tribunal con un tema tan delicado?)
A veces son niños que se los han "entregado" cuando apenas tienen unos meses, te podría contar miles de historias...pero desde mi pequeña experiencia jurídica; esos familiares no recurren a tribunales por el tema de alimentos.
Al contrario, acuden para tener el cuidado personal de los niños; o para iniciar trámites de adopción y evitar que en un futuro se los "quiten".
Espero que te haya quedado más claro.
A eso me refería, tengo varios casos en mi sala, pero no sé si ellos como actuales tutores pueden eventualmente exigir pensión alimenticia.
EliminarSi, pueden demandar a los padres en el caso que previamente se les haya otorgado el "cuidado personal del niño o niña".
EliminarEn caso de que no sea así ( que no tengan el cuidado personal), si el padre o madre quiere llevarse al niño o niña; primero deberá reembolsar todos los gastos en que haya incurrido dicha persona.
Es decir, alimento, salud, colegio, ropa etc... Una vez realizado ese pago, cuya cantidad la determina el juez, se analiza si es conveniente o no que el niño o niña regrese con ambos o uno de los padres.
Me encantó el tema, especialmente para personas que no tienen con quién consultar. Tengo una pregunta, hasta cuándo deberían responder los padres económicamente de los hijos?
ResponderEliminarHasta los 28 años si están estudiando.
ResponderEliminarsino hasta los 18?
EliminarExacto.
EliminarBuenísima entrada, por acá me preguntan si se puede demandar a los padres que están en el extranjero?
ResponderEliminarSi se puede a los padres que estén en el extranjero por lo que pregunté. Ahora, hay que ver si existen bienes en Chile con los cuáles se puedan cubrir los gastos, por ejemplo si tienen casas, autos, imposiciones, devoluciones de impuestos.
EliminarTambién se puede demandar a los abuelos o tíos de ese niño, por ejemplo si la mamá vive en Chile; pero el papá se fue al extranjero. Ella puede demandar a los abuelos o tíos de la familia paterna.
Amal, muchas gracias :)
EliminarGracias por la guía que entregas a muchos que no saben cuales son sus derechos judiciales!!
ResponderEliminarY bienvenida a BeBloggera :)
Gracias Makita, la idea es hacer pequeñas entradas para que cualquier lector o lectora las entienda :)
EliminarEstupendo, yo se que muchas mujeres necesitan orientación en todos los términos, soy hija de padres separados y es verdad que los hijos aunque no sea una separación terrible quedan marcados para toda la vida con lo que les pasa a sus padres y por ende a ellos mismos, muchas veces porque ninguno o la mujer tiene tanto dolor que no sabe como sobrevivir, a penas puede con su matrimonio fracasado y el cuidado de los niños que le da miedo llegar a un proceso legal.
ResponderEliminarMuchas veces el dolor y la incertidumbre después de una separación, nubla a las personas.
EliminarEl cambio de vida es sumamente duro, sumado a la presión social con comentarios como "que pena,te separaste...¿Qué vas a hacer con tu vida?", ¿Tendrá otra mujer?", "Perdiste los mejores años de tu juventud".
Y a nadie le gusta ventilar sus intimidades, menos en un tribunal...es duro pero se puede salir adelante.
Notable, una manera didáctica y explicativa de entender el derecho, hace ayudantías mejor jajaja excelente, un abrazo! meme.
ResponderEliminarCréeme que me he planteado la posibilidad de algún día hacer clases...
ResponderEliminarInteresante artículo, felicidades
ResponderEliminarEl derecho de familia aborda las relaciones y obligaciones entre individuos unidos por lazos sanguíneos o matrimoniales. Su función es salvaguardar el bienestar y equidad en entornos familiares, regulando aspectos vitales de la convivencia.
ResponderEliminarComo expertos procuradores en el derecho de familia sabemos la importancia de cumplir durante el proceso judicial los plazos y los tramites necesarios para que el proceso sea justo para todas las partes.
ResponderEliminarExcelente artículo sobre derechos de familia y la protección legal para mujeres. En Abogados SAMA, ofrecemos asesoría jurídica especializada para garantizar que los derechos de las madres y padres sean defendidos en situaciones similares.
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